Registro sanitário. ¿Cuando?, ¿Cómo?, ¿Qué?.... TODAS las respuestas ¡AQUÍ!

El registro sanitario en la empresa alimentaria

entrevista a nuestra partner: Marta Quintana. Abogada especializada en sector alimentário.

¿Cuando es necesario el Registro Sanitario? ¿Qué registro sanitario necesitamos? ¿Qué diferencia existe con la Autorización Sanitaria?

Todas las empresas y los establecimientos alimentarios que se dediquen a la producción, la transformación, la elaboración, el envasado, el almacenamiento, la distribución, el transporte y la importación (productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea) de:

  • Productos alimenticios y alimentarios destinados al consumo humano.
  • Materiales y objetos destinados a estar en contacto con los productos mencionados en el punto anterior.
  • A las empresas distribuidoras de agua de consumo público mediante depósitos y cisternas móviles.

En las instalaciones que sirven, a las dependencias propias, un conjunto de consumidores con unas características similares y que solicitan un servicio de comer preparado, como escuelas, empresas, hospitales, residencias geriàtricas, centros penitenciarios, centros educación especial, hogares de niños, casas de colonias, etc. (restauración colectiva social).

Dependiendo del ámbito de actuación el registro lo tendremos que tramitar en el Ayuntamiento o al Departamento de Salud.

Si el establecimiento alimentario comercializa dentro del municipio y hasta un 30 % de su producción fuera del mismo, el Registro se tramitará al correspondiente Ayuntamiento. Si vende más del 30% fuera del municipio donde está ubicado, en el Departamento de Salud.

El Registro sanitario actualmente consiste únicamente al realizar una comunicación. Una vez presentada la comunicación ya se puede ejercer la actividad siempre y cuando se cumplan todos los requisitos legales (disponer de los Pre-requisitos y el APPCC implantados, la formación de los trabajadores al día, …), pero estos aspectos serán comprobados por la inspección después de iniciarse la actividad, no antes.

En cambio, la Autorización sanitaria es un paso previo al funcionamiento de cualquier actividad alimentaria que esté sometida a este trámite.

Están sometidas a autorización sanitaria todas las actividades de origen animal o que incorporen a su producto alimentos de origen animal procesados (una congelación se considera manipulación). Estas empresas están obligadas a llevar en la etiqueta el óvalo que se los es otorgado por el Departamento de Salud y también disponen de Registro Sanitario.

Deja tu comentario

*
**No Publicado
*